- Título
Convenio entre la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias (ESSSCAN) y el Cabildo Insular de La Gomera, para el proyecto formativo dirigido a profesionales de los ámbitos sanitario, social y sociosanitario que estén desarrollando su actividad profesional en Centros del Cabildo de la Gomera
- Fecha
- 14/05/2026
- Fecha de aprobación
- 20/03/2026
- Fecha de fin de vigencia
- 31/12/2026
- Entidad con la que se acuerda
ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS (ESSSCAN), con C.I.F. Q8855009J
- Por la otra parte
Excmo. Cabildo Insular de La Gomera
- Objeto
El objeto del presente Convenio es regular las condiciones de colaboración entre el Excmo. CIG y la ESSSCAN para la organización conjunta de un Plan de Formación Multidisciplinar dirigido a profesionales de los ámbitos sanitario, social y sociosanitario que estén desarrollando su actividad profesional en centros del Excmo. CIG en el momento de la impartición de las acciones formativas que forman parte de la programación adjunta como Anexo al presente Convenio, para el cumplimiento de los fines institucionales de ambas partes. Asimismo, también se contempla la realización de unas Jornadas de Prevención de la Conducta Suicida a nivel insular, por su interés social y la relevancia que se le debe dar hoy en día a la salud mental, orientada a profesionales sanitarios, profesionales de los ámbitos de educación, derechos sociales, menores, juventud, profesionales que participen en asociaciones del Tercer Sector y resto de personas interesadas.
- Financiación por parte de la entidad
41.544,23 €
- Condiciones de vigencia
El periodo de vigencia del presente Convenio comenzará en el momento de su firma y se extenderá hasta 31 de diciembre de 2026. Este periodo de tiempo es el preciso para llevar a cabo el plan de formación propuesto. En el caso de denuncia formal habrá de ser notificada fehacientemente a la otra parte con una antelación de seis (6) meses a la fecha prevista de rescisión del mismo. No obstante la duración pactada, la vigencia del Convenio podrá ser objeto de prórroga expresa y suscrita por consenso de ambas partes, y no podrá exceder del plazo máximo de duración establecido en el artículo 49, h), 2º de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estado
Firmado
- Órgano de aprobación
Consejo de Gobierno Insular
- Documento de autorización
- PDF
Autorizacion_2026-07-03 105c1f64
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