Convenio entre el Excmo. Cabildo Ins. de La Gomera y la Entidad ASOC. DE FAMILIARES Y CUIDADORES DE ENFERMOS DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS DE TENERIFE (AFATE), para instrumentar subvención nominativa para la ejec. del proy. “Atención terapéutica a personas con Alzheimer u otras Demencias y personas mayores de 65 años para prevención y detección de alteración cognitiva”
Asociación de Familiares y Cuidadores de Enfermos de Alzheimer y Otras Demencias de Tenerife (AFATE),
Excmo. Cabildo Insular de La Gomera
El desarrollo del proyecto a subvencionar tiene por objetivos: Objetivos generales: Objetivos generales: 1.- Mejorar la calidad de vida de la persona con demencia o Deterioro Cognitivo Leve, y la de sus familiares y cuidadores. 2.- Atender a la población mayor de cara a la prevención y detección a tiempo de alteración cognitiva. 3.- Mejorar la integración de las personas con demencia o Deterioro Cognitivo Leve en su comunidad. 4.- Contar en La Gomera con los tratamientos no farmacológicos adecuados para la población con demencia. Objetivos específicos: 1.- Facilitar el acceso a la atención especializada, desde un punto de vista integral, de las personas con diagnóstico de cualquier tipo de demencia o DCL, residentes en la isla de La Gomera. 2.- Aliviar la sobrecarga del cuidador proporcionándole tiempo de respiro familiar. 3.- Dar soporte emocional y técnico para proporcionar una experiencia de cuidado saludable en el cuidador, facilitando el acceso a asesoramiento, formación y apoyo emocional (individual y grupal). 4.- Facilitar el acceso a la información y formación sobre demencias de la población de la isla de La Gomera. 5.- Dar soporte técnico y de formación a los profesionales que tengan impacto en nuestra población objetivo.
233.000,00 €
La presentación de la correspondiente justificación se efectuará, en todo caso, antes del 31 de marzo del año 2027, mediante su presentación en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Gomera.
El presente convenio surtirá efecto a partir de la fecha de su firma, y tendrá vigencia hasta el 31/12/2026; sin perjuicio, de entenderse extendido a los solos efectos de las obligaciones de la entidad beneficiaria en cuando a la justificación y, en su caso, reintegro.
Firmado
Consejo de Gobierno Insular