- Fecha
- 27/02/2026
- Estado
Aprobación inicial
- Objeto
Modificación de Reglamento de uso de la marca de garantía «Artis-Manus LA GOMERA» en sus dos modalidades: origen y excelencia, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife n.º 146, en fecha 5 de diciembre de 2022
- Finalidad
Suprimir la modalidad de excelencia, ostentando el presente reglamento la modalidad de origen exclusivamente, quedando el título redactado de la siguiente manera: “REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA DE GARANTÍA «Artis-Manus LA GOMERA»” y además se introduce un índice en el reglamento modificado.
- Estado de elaboración
Fase de aprobación inicial del proyecto.
- URL de exposición pública
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- Texto del proyecto
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El Consejo de Gobierno aprueba la modificación del reglamento de la marca «Artis-Manus La Gomera
Document summaryLa administración publica una resolución. Este documento contiene una decisión administrativa y, si procede, cómo recurrirla. La resolución dispone: PRIMERO.- Aprobar como propuesta al Pleno la aprobación inicial de la MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA DE GARANTÍA «ARTIS-MANUS LA GOMERA», de acuerdo con lo recogido a continuación y que se corresponde con el texto consolidado que obra en el expediente. CUARTO.- Solo serán votados, en Pleno, en primer lugar, las enmiendas rechazadas en el dictamen de la Comisión, y en segundo lugar, el dictamen propuesto, quedando automáticamente recogidas en este las enmiendas aprobadas en la primera votación. No obstante, el Presidente podrá admitir enmiendas que tengan por finalidad subsanar errores o incorrecciones técnicas, terminológicas o gramaticales, así como enmiendas transaccionales entre las presentadas y el dictamen, sólo cuando ningún grupo político se oponga a su admisión y esta comporte la retirada de las enmiendas respecto de las que se transige. QUINTO.- Se emitan los informes preceptivos de la Secretaría Acctal. y de la Intervención Acctal., pudiendo estos emitirse en cualquier momento de la tramitación del expediente, procurándose, no obstante, que sean formulados con anterioridad a la celebración de la Comisión correspondiente. SEGUNDO.- Una vez se adopte acuerdo por el Consejo de Gobierno, remitir el documento a la Secretaría del Cabildo, a fin de que se abra el plazo correspondiente a efectos de presentación de enmiendas de adición, supresión o modificación, en dicha Secretaría, por los portavoces de los distintos grupos políticos. TERCERO.- Finalizado dicho plazo, el/la Secretario/a Acctal. remitirá el expediente con las enmiendas presentadas a la Consejería del Área competente para su valoración, previamente a la convocatoria de la correspondiente comisión, la cual emitirá el dictamen que proceda, resolviendo sobre las expresadas enmiendas.
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- Alegaciones presentadas al proyecto
- PDF
La administración aprueba una norma con un periodo de alegaciones de treinta días hábiles
Document summaryLa administración aprueba una norma que establece reglas de aplicación general. El periodo de alegaciones es un plazo de treinta días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
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