Versión accesible de Documento
Esta versión se ha generado automáticamente. Consulte el documento original para confirmar tablas, cifras y estructura.
Abrir el documento original. Se abre en una pestaña nuevaCONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA GOMERA Y LA FEDERACIÓN DE ÁREAS URBANAS DE CANARIAS FAUCA POR EL QUE SE CANALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINADA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO CAMPAÑAS BONOS CONSUMO Y FIDELIZACIÓN LA GOMERA 2026. En San SebasƟán de La Gomera, a fecha de la firma electrónica. R E U N I D O S De una parte D. Casimiro Curbelo Curbelo, en representación del Excmo. Cabildo Insular de La Gomera, con CIF P3800004H (en adelante, Cabildo) y domicilio en Calle Profesor Armas Fernández nº2, en San SebasƟán de La Gomera, actuando en calidad de Presidente, en la representación legal que del mismo Ɵene atribuida en virtud del arơculo 57.b) de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares y del arơculo 24.2.ñ) del Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de la Gomera, aprobado definiƟvamente por el Pleno de la Corporación el 3 de junio de 2016. Y expresamente facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, en su sesión ordinaria de fecha 22 de junio de 2026. De otra parte, D. ABBAS MOUJIR HEGEIGE, Presidente de la
Federación de Áreas Urbanas de Canarias
“FAUCA
” , por razón de su expresado cargo, en nombre y representación de la mencionada Federación, en virtud de acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de la citada enƟdad, celebrada el 29 de junio de 2022. Intervienen ambos en representación y con las facultades que sus respecƟvos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legiƟmación para otorgar y firmar el presente convenio administraƟvo de colaboración. Reconociéndose ambos poseer capacidad legal y poder suficiente para celebrar este acto,y en la competencia que ostenta el Cabildo Insular en materia de cooperación en el desarrollo económico y social dentro de su ámbito insular, conforme a lo dispuesto en el art. 8.1, d) de la Ley 8/2015, de 1 de Abril, de Cabildos Insulares. Y en su virtud E X P O N E N I.- Ambas partes suscriben el presente convenio para el desarrollo del proyecto “CAMPAÑAS BONOS CONSUMO Y FIDELIZACIÓN LA GOMERA 2026.” , cuyos objeƟvos fundamentales son: -La implantación del programa “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”, que Ɵene como finalidad principal la dinamización de la acƟvidad económica insular, a través del impulso al consumo en los establecimientos de la isla.
- El desarrollo e implementación de una plataforma de fidelización, dirigida a los establecimientos que
deseen adherirse al proyecto. Esta herramienta permiƟrá a los comercios adaptarse a las nuevas tendencias de consumo mediante la creación de campañas y promociones personalizadas. 1 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 22 CASIMIRO CURBELO CURBELO (1 de 2) Presidente del Excmo. Cabildo de La Gomera Fecha Firma: 24/06/2026 HASH: 5153e2004c38aee36edd81c6684b7043 MOUJIR HEGEIGE, ABBAS (2 de 2) Tercero Fecha Firma: 24/06/2026 HASH: de6584a92789444fba6849a48dcf7294
• BONO CONSUMO LA GOMERA 2026
Se pondrán a la venta seis Ɵpos de bonos, uno por cada municipio de la isla:
- Bono Consumo Agulo.
- Bono Consumo Alajeró.
- Bono Consumo Hermigua.
- Bono Consumo San SebasƟán de la Gomera.
- Bono Consumo Valle Gran Rey.
- Bono Consumo Vallehermoso.
El importe total de cada bono será de 20 euros, y se pondrán a la venta seis diferentes Ɵpos de bonos, uno por cada municipio de la isla. Nuevamente, en esta campaña de Bonos Consumo La Gomera, se opta por enfocar la venta de bonos dividida por municipios debido a lo apreciado en campañas anteriores, el consumo se concentra principalmente en San SebasƟán de La Gomera, donde se encuentra la mayor parte de los establecimientos y de población. En esta campaña de Bono Consumo La Gomera, se ha optado por seguir la línea de la edición anterior y enfocar la venta de bonos dividida por municipios, para realizar una mayor distribución del gasto. En esta edición, se establece una financiación del 60% para los bonos del municipio de Alajeró, en respuesta al impacto que las obras de remodelación de la vía pública están ocasionando sobre el comercio local. Con la puesta en marcha de seis bonos, y el reparto por municipios, tratándose de una campaña insular, teniendo en cuenta el impacto en el consumo de cada uno de ellos en campañas anteriores, se pretende aumentar la distribución del gasto y el impacto de la campaña a nivel insular. Por lo que se procurará que cada municipio pueda contar con su propio bono para consumir en los establecimientos adheridos en cada localidad. En este senƟdo, se establece una diferenciación en la aportación económica por parte del Cabildo, atendiendo a las parƟcularidades de cada municipio. Así, la financiación será del 50 % en los municipios de San SebasƟán de La Gomera y Valle Gran Rey, y del 60 % en Alajeró, Agulo, Hermigua y Vallehermoso, favoreciendo un mayor equilibrio territorial y reforzando el apoyo a aquellos municipios con menor capacidad de atracción comercial o menor volumen de tejido empresarial. Por lo que en los bonos de San SebasƟán de la Gomera y Valle Gran Rey el usuario y/o cliente/consumidor abonará el 50% del valor del bono, es decir, 10 euros de los mismos, en el momento de adquirirlos en la plataforma web, siendo 10 euros el importe de la subvención otorgada por el Cabildo Insular de La Gomera. En los bonos de Alajeró, Agulo, Hermigua y Vallehermoso, el usuario y/o cliente/consumidor abonará el 40% del bono, es decir 8 euros de los mismos, en el momento de adquirirlos en la plataforma web, siendo los otros 12 euros el importe de la subvención otorgada por el Cabildo Insular de La Gomera, 2 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 22
en este caso aportará el 60%. De esta forma, se pretende revitalizar las ventas y minimizar las consecuencias económicas derivadas de la situación actual que ha repercuƟdo a la economía en los úlƟmos años afectando principalmente al pequeño comercio (incremento de los precios de los productos, aumento de los costes del transporte y de otros servicios, impacto de la venta online y de grandes superficies que marcan una fuerte competencia al pequeño comercio,...). El Cabildo Insular de La Gomera en su políƟca de ayuda al sector comercial y empresarial de la Isla, y con el objeto de esƟmular el consumo de bienes en establecimientos minoristas desarrollado por personas empresarias autónomas, microempresas y pequeñas empresas de la isla de La Gomera, está interesado en la puesta en marcha de una nueva edición del programa “Bonos de Consumo”. En 2025 la campaña de bonos de consumo se amplió a los meses de verano, con el objeƟvo de dar conƟnuidad al impacto posiƟvo del programa de bonos, consolidándolo como una herramienta efecƟva de esơmulo económico a lo largo del año. La campaña de verano de 2025, tuvo la adhesión de un total de 148 establecimientos reparƟdos por toda la isla, logrando la venta del 97% de los bonos previstos, llegando a canjearse el 99,15% de los bonos adquiridos. Se complementará con la campaña navideña, prevista para los meses de octubre, noviembre, diciembre y principios de enero, ampliando así el calendario de dinamización comercial en la isla y manteniendo los mismo objeƟvos que en ediciones anteriores; miƟgar la fuga de las compras fuera de la isla; reducir el impacto creciente de las compras online; y propiciar el fortalecimiento de las personas empresarias autónomos y las micro y pequeñas empresas del sector comercial minorista. La campaña de navidad de 2025, tuvo la adhesión de un total de 156 establecimientos reparƟdos por toda la isla, logrando la venta del 100% de los bonos previstos, llegando a canjearse el 99,11% de los bonos adquiridos. • HERRAMIENTA DE FIDELIZACIÓN
Con el objeƟvo de complementar las campañas de Bonos Consumo y avanzar en la modernización del tejido comercial de la isla, se plantea el desarrollo e implementación de una herramienta de fidelización digital, dirigida a los establecimientos adheridos al proyecto. Dado que se trata de una iniciaƟva de carácter innovador en el ámbito insular, su implantación se concibe como un proyecto piloto, lo que permiƟrá evaluar su funcionamiento, grado de aceptación y resultados, con el fin de introducir mejoras progresivas y adaptaciones en función de las necesidades detectadas. La herramienta estará orientada a facilitar a los comercios la creación y gesƟón de acciones de fidelización, tales como promociones, descuentos personalizados o incenƟvos al consumo recurrente, favoreciendo una relación más directa y conƟnua con sus clientes. Asimismo, permiƟrá obtener información relevante sobre hábitos de consumo, contribuyendo a una mejor toma de decisiones comerciales. 3 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 22
Durante su desarrollo e implementación, se contemplará la realización de acciones de formación y acompañamiento a los establecimientos parƟcipantes, con el fin de garanƟzar un uso adecuado de la herramienta y maximizar su potencial. En cualquier caso, tanto las funcionalidades como el alcance de la plataforma podrán ser objeto de ajustes y evolución conƟnua, en función de los resultados obtenidos, la parƟcipación del tejido empresarial y la propia evolución del proyecto, asegurando así su adecuación a la realidad del comercio local. Visto que la situación socioeconómica actual, el tejido empresarial y la sociedad en general con un contexto internacional inestable, que puede afectar gravemente a la economía a nivel mundial, y en parƟcular a la acƟvidad comercial local, la cual ha sufrido una importante merma en sus ingresos, viéndose dicha situación agravada con problemas de aprovisionamiento en cuanto a los atrasos en los plazos de entrega y la escasez de ciertos productos o el encarecimiento de los costes de flete de mercancías, provocando además de escasez en determinados productos generados por las roturas de stocks, un incremento en los precios de la mayoría de los productos ocasionando una galopante inflación económica que está generando una reducción del poder adquisiƟvo en la sociedad, disminución en la capacidad de ahorro y de la inversión empresarial, hecho aún más potente en lugares de aislamiento territorial como son los archipiélagos, más aún en el caso concreto de la isla de La Gomera, el fenómeno de la doble insularidad que encarece cualquier porte. La tasa de variación anual del IPC del mes de mayo de 2026, úlƟmo publicado por el InsƟtuto Nacional de EstadisƟca (INE), se situó en el 3,2%, refleja que la inflación conƟnúa al alza con una influencia en el aumento de la tasa en transporte debido al incremento de la subida de los precios de los carburantes, la vivienda y el transporte. Visto que la situación actual de la economía en las Islas Canarias que ha repercuƟdo a la economía en los úlƟmos años afectando principalmente al pequeño comercio, el incremento del precio de la vivienda, la evolución de los precios sigue al alza y la tendencia inflacionista, lo que obstaculiza el crecimiento económico, significa un riesgo muy importante para todos los sectores de acƟvidad en el archipiélago. Y como consecuencia de esta inflación, las familias sufren una gran pérdida de poder adquisiƟvo lo que origina un consumo mucho menor. Todo esto ha afectado de forma negaƟva al sector profesional y empresarial, con mayor incidencia en las Islas menos pobladas, como el caso de La Gomera. Visto que todo ello está causando a medio-largo plazo, un estancamiento de la emprendeduría, y el cierre de algunas empresas, principalmente pymes, microempresas y autónomos, que no dejan de ver crecer los costes de su acƟvidad (impuestos, combusƟble, luz, mercancías,…), y por ende mermar nuevamente el margen de beneficios que pudieran tener, llegando a obtener en buena parte de estos negocios pérdidas. Conllevando con ello, al cierre de empresas, la destrucción de empleo y el aumento de la pobreza. En la isla de La Gomera, existen en torno a 600 establecimientos de acƟvidad comercial, si incluimos a profesionales independientes, podemos llegar a los 900 dedicados al sector secundario y terciario. Lo que supone un empuje económico importante para la generación de empleo y riqueza en una isla que Ɵene como población de derecho a 22.100 habitantes. Por todo lo anterior, se cree oportuna la necesidad como apoyo social y económico, y esƟmular el 4 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 22
consumo de bienes en establecimientos minoristas desarrollado por personas empresarias autónomas, microempresas y pequeñas empresas de la isla de La Gomera, con la puesta en marcha del programa “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”, ayudando a los ciudadanos en la adquisición de bienes como medio para propiciar el fortalecimiento de las personas empresarias autónomos y las micro y pequeñas empresas del sector comercial minorista, favoreciendo tanto a la ciudadanía como al tejido empresarial sobre la que reposa el sector, esƟmulando la demanda, dinamizando la acƟvidad comercial promoviendo su repercusión en el ámbito local e insular y mejorando el fondo de maniobra de los establecimientos comerciales de la isla, garanƟzando la conƟnuidad de buena parte del sector, fortalecimiento de la economía, mantenimiento del nivel de empleo y promover el emprendimiento en la isla. Asimismo, se propone el desarrollo de una herramienta o plataforma de fidelización orientada a las empresas locales, que como se ha indicado anteriormente, esta iniciaƟva Ɵene como objeƟvo facilitar su adaptación a las nuevas tecnologías y a los cambios en los hábitos de consumo, cada vez más digitalizados y exigentes. De este modo, se busca modernizar el tejido comercial insular y mejorar su compeƟƟvidad en el contexto actual. II.- El Cabildo de La Gomera, como órgano de gobierno, administración y representación de la isla de La Gomera como enƟdad insular, es una insƟtución de la Comunidad Autónoma de Canarias, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, que se rige por la Ley Orgánica 8/2015 de 1 de abril, de Cabildos Insulares, (úlƟma modificación 12 de julio de 2021, texto consolidado), teniendo entre sus competencias (Título l, Capítulo ll), entre otras, como órganos de gobierno, administración y representación de la isla, la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio insular, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito. (Arơculo 8 d). III.- Que la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, se consƟtuye de conformidad con el arơculo 22 de la ConsƟtución como asociación no lucraƟva, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y que se rige por la Ley que regulan las asociaciones empresariales 19/1977 de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, con la misión de promover acciones que incenƟven el desarrollo de las Áreas Urbanas en el presente y de fomentar planes de futuro, basándose en la convergencia y colaboración de los operadores públicos y privados, abarcando aspectos económicos, sociales y culturales. Que la Federación de Áreas Urbanas de Canarias FAUCA, Ɵene como objeto el fomento de la cooperación y el intercambio con el fin de mejorar la eficacia y la comunicación entre todos los agentes implicados en la gesƟón de las áreas urbanas y se perfila como una organización con una estrategia comparƟda por todos e integradora para todos los agentes involucrados en el proceso de dinamización de áreas urbanas. En este senƟdo, sus actuaciones a corto, medio y largo plazo se basan en una parƟcipación acƟva de todos los implicados en la gesƟón del territorio: el comercio, el entorno, el turismo, la cultura, la vivienda y el desarrollo sostenible. Las funciones de las disƟntas áreas que conforman FAUCA contemplan además de la formación y la 5 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 22
gesƟón de Zonas Comerciales Abiertas, la dirección de proyectos. En esta línea de trabajo, FAUCA diseña, planifica y colabora en proyectos, definiendo objeƟvos e indicadores necesarios, coordinando a los equipos de trabajo, evaluando y supervisando todas las fases y acƟvidades del proyecto para garanƟzar su eficiencia y, realizando la jusƟficación económica y técnica. IV.- A la vista de lo expuesto en el punto anterior y de su trayectoria, se considera a La Federación de Áreas Urbanas de Canarias (en adelante (FAUCA), como una organización idónea a la hora de potenciar junto con el Cabildo de La Gomera el sector comercial y empresarial de la isla, así como, para colaborar con el Cabildo de La Gomera, en la realización del Proyecto “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”. Interesa al Cabildo Insular de La Gomera, suscribir el presente Convenio por el que se instrumenta la subvención nominada para el proyecto “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”, con el fin de esƟmular el crecimiento económico y promover el desarrollo de la isla de La Gomera, para lo cual resulta esencial la colaboración del marco comercial y empresarial de la isla. V.- Que el Cabildo Insular de La Gomera, ha consignado en el presupuesto 2026, los fondos desƟnados a la realización del proyecto “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”, del programa de fomento al consumo. En virtud de cuanto antecede, las partes han convenido la celebración del presente CONVENIO con arreglo a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. - Objeto del Convenio. El objeto del presente Convenio es canalizar la subvención directa a la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, mediante la realización y puesta en marcha del Proyecto “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”, el eje principal del proyecto, que Ɵene como objeto la dinamización de la acƟvidad económica mediante el fomento del consumo en los establecimientos del sector comercial a través de un programa de descuentos al consumidor en los establecimientos adheridos al programa, fomentando así la promoción de la acƟvidad económica de los municipios de la isla. Y de forma complementaria se propone el desarrollo de una herramienta o plataforma de fidelización orientada a las empresas locales. Para ello se ha consignado como una subvención nominada en el presupuesto de 2026; cuyo importe asciende a un total de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €). Así los objeƟvos y finalidades del Programa son:
- Campaña de Bonos de Consumo: Ɵene como finalidad principal la dinamización de la acƟvidad
- El desarrollo e implementación de una plataforma de fidelización, dirigida a los establecimientos que
económica insular, a través del impulso al consumo en los establecimientos de la isla.
deseen adherirse al proyecto. De este modo, se busca modernizar el tejido comercial insular y mejorar 6 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 22
su compeƟƟvidad en el contexto actual. Finalidad: Mediante la Campaña de Bonos de Consumo, se fomenta la adquisición de bienes como medio para propiciar el fortalecimiento de las personas empresarias autónomas y las micro y pequeñas empresas del sector comercial minorista, favorecer tanto a la ciudadanía como al tejido empresarial sobre la que reposa el sector, esƟmulando la demanda, dinamizando la acƟvidad comercial y empresarial promoviendo su repercusión en el ámbito local e insular y mejorar el fondo de maniobra de los establecimientos comerciales de la isla. Por otro lado, la plataforma de fidelización, dirigida a los establecimientos que deseen adherirse al proyecto, esta iniciaƟva Ɵene como objeƟvo facilitar su adaptación a las nuevas tecnologías y a los cambios en los hábitos de consumo, cada vez más digitalizados y exigentes. PermiƟrá a los comercios adaptarse a las nuevas tendencias de consumo mediante la creación de campañas y promociones personalizadas. Asimismo, se contempla la realización de acciones formaƟvas y de acompañamiento dirigidas a los comercios parƟcipantes, con el fin de facilitar el conocimiento y uso de la plataforma, así como la creación de descuentos, incenƟvos y estrategias de fidelización adaptadas a sus necesidades específicas. Estos gastos suponen un presupuesto total de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €), para el año 2026, desglosado en los siguientes conceptos: SUBVENCIÓN CABILDO DE LA GOMERA 2.000.000,00 € IMPORTE FASE I VERANO IMPORTE FASE II NAVIDAD TOTAL Campaña de Fomento al Consumo (Bonos) 638.376,00€ 1.185.624,00 € 1.824.000,00 € Bonos consumo Agulo 20.460,00€ 37.980,00 € Bonos consumo Alajeró 49.104,00€ 91.236,00 € Bonos consumo Hermigua 53.196,00 € 98.796,00 € Bonos consumo San Sebastián de la Gomera 335.560,00 € 623.210,00 € Bonos consumo Valle Gran Rey 147.320,00 € 273.610,00 € Bonos consumo Vallehermoso 32.736,00 € 60.792,00 € Gastos de funcionamiento y gestión 100.000,00 € Fidelización 76.000,00 € Creación y configuración de la plataforma de fidelización 36.000,00 € Publicidad, formación, coordinación, soporte y otros gastos de gesƟón 40.000,00 € TOTAL 2.000.000,00 € 7 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 22
SEGUNDA. - Actuaciones. El proyecto “CAMPAÑAS BONOS CONSUMO Y FIDELIZACIÓN LA GOMERA 2026”, comprende las siguientes actuaciones para la gesƟón del programa en torno a varios ejes principales: FIDELIZACIÓN Creación y puesta en marcha de la plataforma de fidelización, incluyendo acciones de publicidad, formación, coordinación, soporte y gesƟón. CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD: DISEÑO CAMPAÑA Desarrollo de la imagen e idenƟdad corporaƟva, aplicación a web y soportes (cartelería, redes sociales, etc.) y elaboración de materiales promocionales, incluidos contenidos audiovisuales. CONFIGURACIÓN Y PERSONALIZACIÓN DE LA PLATAFORMA GesƟón integral del programa: alta y validación de establecimientos, emisión y canje de bonos, control de operaciones, remesas bancarias, estadísƟcas y herramientas de comunicación. CAMPAÑA DE CAPTACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS Acciones de difusión y captación, incluyendo la contratación de personal para asesoramiento a los comercios y apoyo en la gesƟón de bonos. PERSONAL Gastos de personal desƟnados a la gesƟón, preparación y jusƟficación del proyecto. PLATAFORMA WEB DE COMERCIALIZACIÓN Y COMUNICACIÓN Contratación de una plataforma tecnológica que garanƟce la gesƟón del programa y la trazabilidad de todas las operaciones. OTROS GASTOS GENERALES Y DE GESTIÓN Gastos asociados a suministros, material, desplazamientos, servicios tecnológicos y otros costes necesarios para la ejecución del proyecto. TERCERA. - GesƟón del Programa. 3.1- HERRAMIENTA DE FIDELIZACIÓN
Con el objeƟvo de complementar las campañas de Bonos Consumo y avanzar en la modernización del tejido comercial de la isla, se plantea el desarrollo e implementación de una herramienta de fidelización digital, dirigida a los establecimientos adheridos al proyecto. Dado que se trata de una iniciaƟva de carácter innovador en el ámbito insular, su implantación se concibe como un proyecto piloto, lo que permiƟrá evaluar su funcionamiento, grado de aceptación y 8 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 22
resultados, con el fin de introducir mejoras progresivas y adaptaciones en función de las necesidades detectadas. La Comisión Técnica determinará la forma de canalizar las solicitudes de implementación de la la herramienta de fidelización, así como del seguimiento de la misma por parte de los establecimientos y grado de aceptación y resultados. 3.2-BONOS CONSUMO LA GOMERA. 3.2.1. ParƟcipación de los establecimientos. 3.2.1.1 Solicitud de parƟcipación Para parƟcipar en la campaña el establecimiento comercial deberá solicitar su adhesión. Las solicitudes según modelo de formulario electrónico deberán presentarse a través de la plataforma tecnológica desarrollada para la gesƟón del programa. La solicitud de adhesión deberá ir acompañada de los documentos que se detallan en las condiciones de parƟcipación de los Bonos Consumo. Una vez revisada la documentación, se comunicará al establecimiento el estado de su solicitud. En el caso de ser aprobada, la empresa pasará a formar parte del listado de establecimientos donde canjear los bonos. El listado de establecimientos donde se podrán canjear los bonos se encontrará publicado en la misma plataforma tecnológica del programa. Asimismo, los establecimientos parƟcipantes dispondrán de un cartel informaƟvo para que los clientes estén informados de que parƟcipa en la campaña. El establecimiento parƟcipante quedará obligado a canjear los bonos válidos durante la campaña, hasta su finalización. Aquellos bonos presentados tras esa fecha, no serán abonados. El establecimiento parƟcipante también tendrá la obligación de conservar las facturas o Ɵckets de compra con las que se han uƟlizado los bonos, como jusƟficante del ingreso de la subvención. 3.2.1.2- Documentación requerida La documentación necesaria para la adhesión, será la siguiente: Imagen del establecimiento (esta puede ser en formato pdf o jpg, siendo la foto del establecimiento o el logo del mismo). CerƟficado IAE. El CerƟficado del Impuesto de AcƟvidades Económicas o CerƟficado de situación en el Censo de AcƟvidades Económicas es un cerƟficado oficial, expedido por la Agencia Tributaria, por el que acredita que una persona İsica, jurídica o enƟdad consta dada de alta y/o baja en la base de datos del IAE en el Ayuntamiento correspondiente y en la Agencia Tributaria. 9 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 22
En este cerƟficado deben aparecer los epígrafes que pueden ser admiƟdos en el programa y la dirección donde se desarrolla la acƟvidad. La acreditación de los datos bancarios. Esta será necesaria para las liquidaciones de los bonos. Para la acreditación se pueden presentar los siguientes documentos: A. CerƟficado bancario emiƟdo por la EnƟdad financiera. B. JusƟficante bancario en el que conste la Ɵtularidad de la cuenta y el código de cuenta bancaria (24 dígitos). CerƟficados de estar al corriente con las obligaciones tributarias. Se solicitan los tres documentos: - CerƟficado de estar al corriente con la Seguridad Social. - CerƟficado de estar al corriente con la Agencia Tributaria Canaria. - CerƟficado de estar al corriente con la Agencia Tributaria Estatal. El Establecimiento que disponga de un único CIF, pero cuente con varios locales ubicados en la isla de La Gomera, podrán adherirse todos y cada uno de ellos de manera individual, poniendo a disposición un correo electrónico disƟnto para cada uno de ellos. 3.2.1.3 Liquidación de bonos El establecimiento adherido deberá registrar a través de la plataforma web los bonos junto al Ɵcket/ factura correspondiente a la venta para su liquidación. FAUCA, en un periodo máximo de quince días desde la revisión de los Ɵckets y facturas solicitados como jusƟficantes obligatorios del canje, abonará al Establecimiento el importe correspondiente a los bonos canjeados hasta ese momento, mediante transferencia bancaria en el número de cuenta corriente facilitado. El límite de importe a canjear por cada establecimiento, se determinará por la Comisión Técnica. Dicho límite podrá ser ampliado o modificado si el estado de la demanda o la evolución del programa así lo aconsejaran a fin de posibilitar la distribución del mayor número de bonos. En cualquier caso, esta medida será valorada por la Comisión Técnica del programa. 3.2.1.4.- Derechos y Obligaciones de los establecimientos adheridos. La adhesión a la campaña de los Bonos Consumo (BC) por parte de un establecimiento supone la aceptación de las bases del programa y la asunción de los compromisos establecidos en las mismas. Las enƟdades adheridas se comprometen a informar de las caracterísƟcas del programa a las personas consumidoras, así como a la recepción y colocación de los materiales publicitarios del programa en lugar visible del establecimiento. El establecimiento aceptará el BC como forma de pago del Ɵcket completo o de una parte del mismo, debiendo respetar, en todo momento, los principios de igualdad y no discriminación en el trato con la clientela, de modo que, no se oculte ni se le niegue el derecho a uƟlizar el bono a toda aquella persona 10 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 22
interesada en su uso durante la vigencia del programa. Las enƟdades adheridas deben comprometerse a verificar la autenƟcidad y validez de los BC y su asociación con el DNI/NIE con el que se relaciona, siendo las responsables de la acreditación y jusƟficación mediante factura o Ɵcket de compra de los importes necesarios para que opere el bono ante FAUCA. En ningún caso los establecimientos podrán devolver a las personas consumidoras dinero en metálico sobre la diferencia entre el importe de la compra y el valor del BC ni en el momento de la compra, ni en caso de producirse la devolución posterior de lo adquirido con este. Una vez que la persona consumidora haya uƟlizado el bono, el establecimiento adherido será el único responsable de la correcta gesƟón del mismo, debiendo registrarlo junto con el Ɵcket o factura correspondiente de la venta a través de la plataforma electrónica para su correcta liquidación ante FAUCA. 3.2.1.5.- Agrupaciones de establecimientos. En lo que respecta a los establecimientos, estos deberán realizar acƟvidades pertenecientes a las Agrupaciones 64, 65 y 67 de la clasificación de los IAE (Impuestos de las AcƟvidades Económicas), y los epígrafes 662.2, 615.6 , 972.1 y 972.2. Agrupación 64 (Comercio al por menor de productos alimenƟcios, bebidas y tabacos, realizado en establecimientos permanentes) Agrupación 65 (Comercio al por menor de productos industriales no alimenƟcios realizado en establecimientos permanentes) Agrupación 67 – Restauración y hostelería ( Servicio de alimentación) Epígrafe 662.2 de Comercio al por menor de toda clase de arơculos, incluyendo alimentación y bebidas en establecimientos disƟntos de los especificados en el grupo 661 y en el epígrafe 6621 Epígrafe 615.6 Galerías de arte Epígrafe 972.1 Servicios de peluquería de señora y caballero. Epígrafe 972.2 Salones e insƟtutos de belleza y gabinetes de estéƟca Asimismo, se excluyen como beneficiarios de este programa: Las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos y otras enƟdades del sector público, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, enƟdades sin ánimo de lucro. Las academias de idiomas y en general de acƟvidades formaƟvas. Los grandes almacenes y/o grandes superficies. 11 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 22
La filial de grandes firmas, franquicias o empresas de implantación nacional o internacional, salvo que se trate de franquicias cuya matriz esté radicada en la isla de La Gomera. Se exceptúan los siguientes epígrafes: 12 645 COMERCIO AL POR MENOR DE VINOS Y BEBIDAS DE TODAS CLASES 6461 COMERCIO AL POR MENOR DE LABORES DE TABACOS EN EXPENDEDURÍA 6462 COMERCIO AL POR MENOR DE LABORES DE TABACO EXTENSIONES TRANSITORIAS 6463 COMERCIO AL POR MENOR DE LABORES DE TABACO DE TODAS CLASES Y FORMAS EN EXPENDEDURÍAS DE CARÁCTER COMPLEMENTARIO 6464 COMERCIO AL POR MENOR DE LABORES DE TABACO CON VENTA POR RECARGO 6465 COMERCIO AL POR MENOR DE LABORES DE TABACO MÁQUINAS AUTOMÁTICAS 6466 COMERCIO AL POR MENOR DE LABORES DE TABACOS VENTA NO ESTANCADA 6467 COMERCIO AL POR MENOR DE LABORES DE TABACO REALIZADO POR MINUSVÁLIDOS FÍSICOS TITULARES DE AUTORIZACIONES ESPECIALES 6475 COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS DE MÁQUINAS 6521 FARMACIAS 6541 COMERCIO AL POR MENOR DE VEHÍCULOS TERRESTRES 6542 COMERCIO AL POR MENOR DE ACCESORIOS Y RECAMBIOS VEHÍCULOS 6543 COMERCIO AL POR MENOR DE VEHÍCULOS AÉREOS 6544 COMERCIO AL POR MENOR DE VEHÍCULOS FLUVIALES Y MARÍTIMOS 6546 COMERCIO AL POR MENOR DE CUBIERTAS, BANDAS Y CÁMARAS AIRE 6553 COMERCIO AL POR MENOR DE CARBURANTES Y ACEITES VEHÍCULOS 6741 SERVICIO EN VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA 6742 SERVICIO EN FERROCARRILES DE CUALQUIER CLASE 6743 SERVICIO EN BARCOS 6744 SERVICIO EN AERONAVES 6745 SERVICIOS QUE SE PRESTEN EN SOCIEDADES, CÍRCULOS, CASINOS, CLUBES Y ESTABLECIMIENTOS ANÁLOGOS 6746 SERVICIOS ESTABLECIDOS EN TEATROS Y DEMÁS ESPECTÁCULOS QUE ÚNICAMENTE PERMANECEN ABIERTOS DURANTE LAS HORAS DEL ESPECTÁCULO, EXCEPTO LOS BAILES Y SIMILARES 6747 SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN PARQUES O RECINTOS FERIALES CLASIFICADOS EN EL EPÍGRAFE 9.3 DE ESTA SECCIÓN 6771 SERVICIOS PRESTADOS POR LOS ESTABLECIMIENTOS CLASIFICADOS EN LOS GRUPOS 671, 672, 673 Y 682 DE LAS AGRUPACIONES 67 Y 68, REALIZADOS FUERA DE DICHOS ESTABLECIMIENTOS 6779 OTROS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN PROPIOS DE LA RESTAURACIÓN 933.9 OTRAS ACTIVIDADES DE ENSEÑANZA, TALES COMO IDIOMAS, CORTE Y CONFECCIÓN, TAQUIGRAFÍA, PREPARACIÓN DE EXÁMENES Y OPOSICIONES Y SIMILARES N.C.O.P. Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 22
Teniendo en cuenta las excepciones mencionadas anteriormente, no estará permiƟdo realizar el canje de bonos en los siguientes productos:
- Tabaco o cigarros electrónicos.
- Loterías y/o apuestas.
- Recargas de teléfonos móviles.
- Tarjetas o PIN de compra por Internet.
- Comercialización de cualquier clase de bebidas alcohólicas en las acƟvidades del sector comercio.
- Tarjeta de suscripción a plataformas online, y otros productos relacionados.
- Medicamentos.
-Servicios de medicina estéƟca. Estos requisitos podrán ser revisados o modificados por la Comisión Técnica del programa designada para ello, siempre que las condiciones así lo jusƟfiquen. 3.2.2.- Adquisición de bonos por las personas beneficiarias Las personas beneficiarias podrán adquirir los bonos digitalmente a través de la plataforma web, habilitada por FAUCA. Los bonos deberán pagarse en el momento de su adquisición y el sistema de pago para su compra será mediante tarjeta de crédito o débito y/o cualquier otro medio de pago electrónico aceptado por la pasarela de pagos de la citada enƟdad. La compra de bonos podrá realizarse durante la vigencia del programa y siempre que exista crédito suficiente para su financiación. Los BC son compaƟbles con los descuentos, promociones y/o rebajas del establecimiento, siempre que el importe de la compra iguale o supere el valor del bono. Los BC que no se hayan canjeado antes de la fecha de finalización establecida caducarán, por tanto, no tendrán validez para posteriores campañas. Así pues, llegada a esta fecha tope de consumo, quedarán sin efecto y sin posibilidad de llevar a cabo una renovación del bono. El usuario y/o cliente / consumidor que desee adquirir el Bono Consumo La Gomera deberá aceptar y cumplir los siguientes requisitos: Ser mayor de edad. Cada bono se distribuirá entre el usuario y/o cliente/consumidor asociándolo a su DNI/NIE u otro documento de idenƟdad válido, de tal forma que, por cada documento se podrá realizar una compra máxima de un número limitado de bonos que se contemplará en las condiciones de parƟcipación. Será necesario presentar el DNI/NIE antes del pago en el Establecimiento, así como el bono en formato impreso o digital. 13 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 22
Un mismo usuario y/o cliente / consumidor, podrá canjear varios bonos en una única compra o gasto, siempre que sean del mismo Ɵtular. No se podrán canjear bonos de diferentes Ɵtulares en una misma compra o gasto. El bono se podrá uƟlizar hasta agotar el saldo en los diferentes establecimientos adheridos. En ningún caso se devolverá dinero en efecƟvo ni en la compra ni en la posible devolución posterior del producto. El Establecimiento se hará cargo de la devolución en cualquier otro medio (vales, tarjetas regalo), pero nunca en efecƟvo. Los bonos adquiridos por el usuario y/o cliente / consumidor, deberá uƟlizarlo antes del final del programa. Una vez adquiridos los bonos, éstos no podrán ser devueltos. La venta de los bonos estará disponible en la plataforma web habilitada para ello, hasta la fecha establecida por la Comisión Técnica o fin de existencia de los mismos. Los bonos, en ningún caso, serán transmisibles. 3.2.2.1- Indicación del precio y Ɵpos de bonos. Se pondrán a la venta seis Ɵpos de bonos (uno por cada municipio de la isla), con un valor de 20 euros cada uno, pero con diferentes aportaciones según el municipio. En esta campaña de Bono Consumo La Gomera, se ha optado por seguir la línea de la edición anterior y enfocar la venta de bonos dividida por municipios, para realizar una mayor distribución del gasto. En esta edición, se establece una financiación del 60% para los bonos del municipio de Alajeró, en respuesta al impacto que las obras de remodelación de la vía pública están ocasionando sobre el comercio local. En los bonos de San SebasƟán de la Gomera y Valle Gran Rey el usuario y/o cliente/consumidor abonará el 50% del valor del bono, es decir, 10 euros de los mismos, en el momento de adquirirlos en la plataforma web, siendo 10 euros el importe de la subvención otorgada por el Cabildo Insular de La Gomera. En los bonos de Alajeró, Agulo, Hermigua y Vallehermoso, el usuario y/o cliente/consumidor abonará el 40% del bono, es decir 8 euros de los mismos, en el momento de adquirirlos en la plataforma web, siendo los otros 12 euros el importe de la subvención otorgada por el Cabildo Insular de La Gomera, en este caso aportará el 60%. No se trata de un descuento, sino de una aportación del porcentaje restante del valor total del bono por parte del Cabildo de La Gomera, a través de FAUCA.
TIPO DE BONO VALOR DEL BONO CABILDO DE LA GOMERA CONSUMIDOR 50% FINANCIADO SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA 20,00 € 10,00 € 10,00 € VALLE GRAN REY 20,00 € 10,00 € 10,00 € 60% FINANCIADO ALAJERÓ 20,00 € 12,00 € 8,00 € AGULO 20,00 € 12,00 € 8,00 € 14 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 22
HERMIGUA 20,00 € 12,00 € 8,00 € VALLEHERMOSO 20,00 € 12,00 € 8,00 € 3.2.2.2.- Distribución del presupuesto de los bonos El presupuesto desƟnado a la creación de bonos será de 1.824.000 euros que se dividirá en dos fases, una se llevará a cabo en los meses de junio-julio (verano) y la otra se ejecutará en la campaña de Navidad. A su vez, cada fase se dividirá en diferentes Ɵpos de bonos, tal como se ha descrito en el apartado anterior. A conƟnuación, se muestra la tabla con los detalles de la aportación del Cabildo para cada fase y Ɵpo de bono, así como el número de bonos que se pondrán a la venta. APORTACIÓN TIPO DE BONO VERANO NAVIDAD PRESUPUESTO CABILDO N.º BONOS PRESUPUESTO CABILDO N.º BONOS 50% SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA 335.560,00 € 33.556 623.210,00 € 62.321,00 VALLE GRAN REY 147.320,00 € 14.732 273.610,00 € 27.361,00 60% ALAJERÓ 49.104,00 € 4.092 91.236,00 € 7.603,00 AGULO 20.460,00 € 1.705 37.980,00 € 3.165,00 HERMIGUA 53.196,00 € 4.433 98.796,00 € 8.233,00 VALLEHERMOSO 32.736,00 € 2.728 60.792,00 € 5.066,00 TOTAL 638.376,00 € 61.246 1.185.624,00 € 113.749 La Comisión Técnica del proyecto, podrá valorar y redistribuir el presupuesto de los diferentes Ɵpos de bonos en caso de que el correcto desarrollo de la campaña lo requiera. 3.2.2.3.- Canje de bonos El canje se realizará en los establecimientos de las enƟdades adheridas a la campaña cuya relación actualizada se publicará en la página web del programa. La persona usuaria deberá presentar el código QR del bono o, en su caso, entregar el/los bono/s impreso/s en el establecimiento donde realice la compra. En el momento de la compra, también deberá presentar el DNI/NIE asociado al bono que desea uƟlizar. El funcionamiento de los bonos, así como el importe de los mismos, y el número de bonos a adquirir por cada usuario, se determinará por una comisión que se creará al efecto, y vendrá recogido en las bases de parƟcipación del consumidor. Si se pierde el bono, FAUCA a través de la plataforma web volverá a enviar un correo electrónico con el código QR. 15 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 22
CUARTA. - Obligaciones de las partes Para el cumplimiento de los objeƟvos y materialización de las acciones descritas, las partes intervinientes en el presente Convenio, acuerdan el siguiente régimen de aportaciones y compromisos: 4.1- Del Excmo. Cabildo de La Gomera. El Cabildo de La Gomera concede a la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, una subvención directa, para el proyecto “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”, por importe de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00€), disponibles para el presente convenio. El Cabildo Insular de La Gomera subvenciona el proyecto presentado por la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA” para el proyecto “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”, por un importe máximo de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €), que supone el 100% del presupuesto presentado por la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, que asciende a una canƟdad total de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €). 4.2.- De la Federación de Áreas Urbanas de Canarias Fauca. Es obligación de la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “Fauca”: Cumplir con las condiciones y objeƟvos a los cuales están sujetas las actuaciones del presente convenio y memoria de actuación presentada para el desarrollo del proyecto “Campañas Bonos Consumo y Fidelización La Gomera 2026”. Ejecutar y abonar los gastos de las actuaciones del Programa objeto del presente Convenio, teniendo los consumidores de plazo para canjear los bonos comercio hasta el 06 de enero de 2027, teniendo la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “Fauca” de plazo hasta el 31 de enero de 2027 para efectuar el abono de los gastos correspondientes a la realización de las acƟvidades subvencionadas. JusƟficar la subvención que el Cabildo de La Gomera concede para la misma, con los medios, en los plazos y forma que se expresan más adelante. Deberá dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones objeto de este convenio y todo el material publicitario, así como el del Plan de Medios o comunicación, tenga el visto bueno o consenƟmiento expreso del Cabildo de La Gomera todo ello con carácter previo a su uƟlización, en las que se tendrán que incorporar los logoƟpos, marcas y anagramas. Acreditar hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y con la seguridad social, mediante cerƟficado vigente. Someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos de la Corporación, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de esas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención. Comunicar al Cabildo de La Gomera la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la acƟvidad. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca, y, en todo caso, con anterioridad a la jusƟficación de la aplicación dada a los fondos percibidos. 16 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 22
Poner a disposición del Cabildo de La Gomera cuantos libros, registros y documentos le sean exigibles en aplicación de lo dispuesto en el apartado f) del arơculo 14.1 de la Ley General de Subvenciones. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercanƟl y sectorial aplicable, o en su caso, los estados contables que garanƟcen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. Conservar los documentos jusƟficaƟvos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de control y comprobación. Proceder al reintegro de los fondos públicos percibidos en los supuestos contemplados en el arơculo 37 de la Ley General de Subvenciones. Obtener y en su caso acreditar cuantas autorizaciones sean precisas para la realización de la acƟvidad subvencionada y cumplir sus determinaciones. Asumir la responsabilidad civil, laboral o cualquier otra que se derive de la realización de las acciones programadas subvencionables, quedando el Cabildo de La Gomera exonerado de cualquier responsabilidad. Respetar la normaƟva que sea de aplicación en la gesƟón y ejecución de los proyectos con ayuda pública, en especial, las normas comunitarias, nacionales y regionales que sean aplicables, especialmente en materia de contratación pública, ayudas de estado, medio ambiente, igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, información y publicidad y subvencionalidad del gasto. QUINTA. - Financiación del objeto del Convenio. La aportación correspondiente a la subvención que en el presente ejercicio 2026 concederá el Cabildo Insular de La Gomera a la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, asciende al importe total de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €) para dicho crédito en fecha 12/06/2026 se emite el correspondiente cerƟficado de retención de crédito por la Intervención de este Cabildo, núm 12026000959 que obra en el expediente, por importe de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00€). SEXTA. – Abono de la subvención El Cabildo de La Gomera abonará a la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, la subvención de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €), solicitado por la Federación de Áreas Urbanas de Canarias (FAUCA), mediante un pago de forma anƟcipada, con posterioridad a la firma del convenio y previa resolución dictada a tal efecto. Dado que la misma carece de fondos suficientes para acometer la ejecución del proyecto, al tratarse de una Federación sin ánimo de lucro y por el especial interés público que conlleva la ejecución del proyecto, sin menoscabo que se deba proceder a la jusƟficación de la totalidad del presupuesto presentado por la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, en el plazo indicado en la esƟpulación sépƟma y sea declarada por el órgano competente a la jusƟficación de la subvención. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente de sus 17 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 22
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro. SÉPTIMA. - Medios, plazos y formas de jusƟficación La Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, deberá jusƟficar la subvención, mediante la presentación de la siguiente documentación a través del registro de la sede electrónica del Cabildo de La Gomera:
- Una memoria de actuación jusƟficaƟva del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
- Una memoria económica jusƟficaƟva del coste de las acƟvidades realizadas, que contendrá:
- Aportar los documentos que acrediten el cumplimiento de la obligación de publicidad, dado que
- CerƟficados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y con la seguridad social,
- Auditoría del proyecto con una revisión estructurada e independiente para verificar si en el mismo
concesión de la subvención, con indicación de las acƟvidades realizadas y de los resultados obtenidos.
a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la acƟvidad, y por cada uno de ellos, los datos siguientes de las facturas o documentos de valor probatorio: acreedor, número de factura, breve descripción del objeto, importe, fecha de emisión, fecha y medio de pago, idenƟficación de la anotación contable e impuesto soportado. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercanƟl o con eficacia administraƟva conforme al Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre (B.O.E. Núm. 289, de 1 de diciembre de 2012) incorporados en la relación a que se hace referencia en la letra anterior y, en su caso, la documentación acreditaƟva del pago, que incluirá, como regla general, los jusƟficantes bancarios de la salida de fondos. c) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la acƟvidad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. d) Una relación detallada de las empresas beneficiarias finalistas con su importe. e) Que la enƟdad dispone de tres ofertas solicitadas a diferentes proveedores en los términos del arơculo 31.1 de la Ley General de Subvenciones, y de una memoria que jusƟfique razonablemente la elección del proveedor, en aquellos casos en que no haya recaído en la propuesta económica más ventajosa.
los beneficiarios deberán dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación de conformidad con el art. 18.4LGS y el art. 1 del RLG, con un ejemplar de la papelería uƟlizada, así como un cuadro resumen de los indicadores de seguimiento y evaluación de las actuaciones realizadas, incluyendo los contenidos en el Plan de Comunicación.
mediante cerƟficado que deberán estar en vigor a la fecha del pago.
se está cumpliendo con los resultados, los plazos, los beneficios, el costo y los planes previstos, mediante la presentación de la siguiente documentación a través del registro de la sede electrónica 18 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 22
del Cabildo de La Gomera y cuyo plazo máximo para presentar la jusƟficación final de la subvención será el 31 de marzo del 2027. La jusƟficación será declarada por el Órgano competente, y la propuesta de declaración deberá contar con informe de un técnico adscrito al servicio de Turismo, Industria, Comercio y Transportes, en el que conste que efecƟvamente la acƟvidad ha sido ejecutada conforme al objeto del presente Convenio. OCTAVA. – CompaƟbilidad. De conformidad con el arơculo 19.3 de la Ley General de Subvenciones, que establece que el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuanơa que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la acƟvidad subvencionada y habida cuenta que la financiación del Cabildo a través de la concesión de esta subvención alcanza el porcentaje del 100% del presupuesto total presentado de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €); Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA” no podrá convenir con otras Administraciones o Entes públicos o privados, otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la subvención, ayudas, ingresos o recursos, en ningún caso podrá superar el coste de las actuaciones objeto de esta subvención NOVENA. - Vigencia del Convenio El convenio entrará en vigor el día siguiente de la firma del mismo, y finalizará el 31 de marzo de 2027. No obstante, economicamente surƟrá efectos retroacƟvos desde el 4 de mayo de 2026. El Cabildo de La Gomera subvencionará a la la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, los gastos objeto de las acƟvidades de la presente subvención desde el 4 de mayo de 2026 hasta el 31 de enero de 2027, FAUCA a su vez, queda obligada a: efectuar el abono de los bonos hasta dicha fecha y a canjear los bonos adquiridos por la personas consumidoras hasta el día 6 de enero de 2027. DÉCIMA. - Modificación El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes. Cualquier variación en las cláusulas del presente convenio habrá de plasmarse en la correspondiente modificación, previa acreditación de la existencia de crédito adecuado y suficiente, fiscalización y aprobación del órgano competente, en su caso. UNDÉCIMA. -Incumplimiento de obligaciones El incumplimiento de las obligaciones en materia de subvenciones puede dar lugar a imposición de sanciones como consecuencia de inicio de oficio de expediente sancionador (art.67 de la LGS). Se producirá el reintegro cuando se produzca incumplimiento de las esƟpulaciones convenidas. El reintegro de las canƟdades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, procederá en 19 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 22
los casos previstos en el arơculo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En caso de realizarse reintegro, éste se realizará sin perjuicio de las sanciones que pudieran imponerse por infracción administraƟva en materia de subvenciones. DUODÉCIMA. – Comisión Técnica de Seguimiento Se consƟtuye una Comisión Paritaria de Seguimiento y Evaluación del presente Convenio, integrada por cuatro miembros, dos por cada una de las partes intervinientes. Los citados miembros podrán asisƟr acompañados por los técnicos que consideren oportuno. Las atribuciones de la Comisión son las siguientes: Aprobar los programas a desarrollar en el marco del presente Acuerdo. GaranƟzar el cumplimiento de este Convenio. Interpretar este convenio durante su ejecución y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Aprobar la Cuenta jusƟficaƟva a presentar por la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”. Elaborar y aprobar un Informe de seguimiento y evaluación del Convenio, en el que se concrete los resultados obtenidos y grado de cumplimiento de los programas. Proponer a las partes firmantes la necesidad de introducir modificaciones en el contenido de las actuaciones subvencionables para su aprobación, si procede. Cualquier discrepancia o controversia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución de este Convenio se someterá a la decisión de la Comisión de Seguimiento. La Comisión se reunirá tantas veces como sea preciso, y como mínimo en el mes de junio de 2026, para acordar las actuaciones a desarrollar en el ejercicio, así como la aportación económica del Cabildo y gastos de la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, en el mes de sepƟembre de 2026 y en el mes de marzo de 2027 para aprobar la cuenta jusƟficaƟva. La citada Comisión podrá ser convocada con al menos cinco días hábiles de antelación, por cualquiera de sus miembros. De las reuniones de la Comisión de Seguimiento y Evaluación se levantará Acta sucinta de las decisiones adoptadas en el ejercicio de las funciones atribuidas DECIMOTERCERA. - Plan de Medios La Federación de áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, en cuanto beneficiaria de la presente subvención deberá dar publicidad de la misma en los términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Las partes intervinientes parƟciparán en el desarrollo y ejecución de todo Ɵpo de actuaciones de difusión, comunicación y promoción del presente Convenio de manera paritaria. Además, la Federación de áreas Urbanas de Canarias “FAUCA”, deberá adoptar las acciones de comunicación, publicidad y markeƟng necesarios para dar difusión al evento, en las que se tendrán que incorporar los logoƟpos, marcas y anagrama siguientes: A. El logoƟpo del Gobierno de Canarias de acuerdo a la IdenƟdad CorporaƟva Gráfica del Gobierno de Canarias, con análoga relevancia. B. El LogoƟpo del Cabildo de La Gomera de acuerdo a la IdenƟdad CorporaƟva Gráfica del Cabildo de La Gomera. 20 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 22
C. La imagen de marca de la Zonas Comerciales Abiertas de Canarias. D. UƟlización del logoƟpo de la marca Consume Canarias. E. UƟlización del logoƟpo de Comercio de Canarias. Para el logoƟpo o imagen insƟtucional del Gobierno de Canarias, se deberán seguir las instrucciones indicadas en el Manual de idenƟdad corporaƟva del Gobierno de Canarias las medidas de difusión, información y publicidad previstas en el manual de imagen corporaƟva. Las acciones publicitarias a desarrollar, pueden abarcar todos los soportes, elementos o medios materiales publicitarios, presenciales o digitales, que se uƟlicen para la promoción y divulgación del evento, tales como, de manera enunciaƟva y no limitaƟva, programas, invitaciones, inserciones publicitarias, cartelería, ruedas de prensa, cuñas de radio, anuncios televisivos o por internet, redes sociales, páginas webs paneles u otros elementos promocionales confeccionados con moƟvo del evento presentado. A este respecto, se deberá elaborar un Plan de medios o comunicación que presente las acciones promocionales donde constará la marca y valor económico en materia de publicidad, markeƟng, proyecciones, ediciones y/o merchandising. En el caso de que sea necesaria alguna aclaración, ésta se hará previamente a la fase de formalización. No obstante, debe quedar garanƟzado que el contenido de todo el material publicitario, así como el del Plan de Medios o comunicación, tenga el visto bueno o consenƟmiento expreso así mismo del Servicio de Empleo, Desarrollo Económico, Energía, Industria, Artesanía, Comercio e Innovación del Cabildo de La Gomera, todo ello con carácter previo a su uƟlización. DECIMOCUARTA. – Naturaleza del Convenio, régimen jurídico y jurisdicción. El presente Convenio de Colaboración Ɵene naturaleza administraƟva, rigiendo para su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico-administraƟvo. Las cuesƟones liƟgiosas que pudieran derivarse de la firma y ejecución del presente Convenio corresponderán a la Jurisdicción Contencioso-AdministraƟva. DECIMOQUINTA. - Protección de Datos Personales. Será de aplicación en lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 05 de diciembre, cuya finalidad de dichos ficheros es llevar a cabo las gesƟones necesarias para dar saƟsfacción al objeto del Convenio y las circunstancias que, del mismo y para el mismo, resulten perƟnentes. Por lo tanto, ambas partes podrán ejercitar, en cualquier momento y en coherencia con la normaƟva aplicable, los derechos de acceso, recƟficación, cancelación y oposición que legalmente le asisten respecto a los datos de carácter personal. Las partes, de conformidad con lo dispuesto en la LOPD, mantendrá la más estricta confidencialidad sobre toda información, documentación, soportes y, en general, datos personales a los que acceda o pudiera acceder con moƟvo de la prestación de los servicios objeto de este convenio, compromeƟéndose a no uƟlizar o disponer, en modo alguno, de dicha información, documentación o soportes. 21 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 22
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente Convenio, a un solo efecto, en San SebasƟán de La Gomera, a fecha de la úlƟma de las firmas electrónicas. El Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Gomera El Presidente de la Federación de Áreas Urbanas de Canarias “Fauca” Fdo: Casimiro Curbelo Curbelo Fdo: Abbas Moujir Hegeige 22 Cód. Validación: 9QC97R6K2N7CDS2R625M9LHF4 Verificación: https://lagomera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 22