Interventora General (Interventora Acctal.)
Órgano Directivo
Corresponde a esta la función pública de control y fiscalización interna de la gestión económico financiera y presupuestaria, en su triple acepción de función interventora, función de control financiero y función de control de eficacia – eficiencia corresponderá a la Intervención General de la Corporación. esta ejercerá sus funciones con plena autonomía e independencia respecto de los órganos y entidades de la Corporación y será nombrado entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. En la organización del Servicio de Intervención se deberá prever, en su caso, la existencia de otros puestos de trabajo, ya sean reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional con funciones de colaboración inmediata y auxilio a la Intervención y sustitución en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria o bien se trate de otros funcionarios de Administración local pertenecientes al Grupo A, para desempeñar las Intervenciones delegadas de acuerdo con lo previsto en la relación de puestos de trabajo y en función de las necesidades derivadas de la aplicación del modelo de organización administrativa previsto en el presente Reglamento de Organización y Funcionamiento del Cabildo de La Gomera.
Tarsis Herrera Darias
Edificio sede del Cabildo Insular
C/ Profesor Armas Fdez. nº 2; código postal 38800; San Sebastián de La Gomera